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  • Educa​r a la ciudadanía sobre los valores y principios cooperativos y su aplicabilidad en la creación de empresas bajo el modelo cooperativo.
  • Promover la creación de nuevas cooperativas.
  • Ofrecer servicios de orientación y educación a los grupos que deseen formar cooperativas.
  • Brindar asesoramiento en las distintas etapas del proceso de organización y prestar la ayuda necesaria para facilitar su incorporación.
  • Ayudar a las cooperativas en el proceso de establecimiento y trámite de las cláusulas de incorporación y el reglamento.
  • Promover el cooperativismo en los sectores de servicio, producción, agricultura, vivienda y juvenil. 
  • Propiciar educación cooperativa continua y sistemática a los socios, líderes, empleados, administradores  y miembros de los cuerpos directivos de  Cooperativas.
  • Brindar servicios técnicos en administración, contabilidad, mercadeo, gerencia, campañas e promoción y otros.
  • Aportar al crecimiento, desarrollo y funcionamiento de las cooperativas.
  • Prestar servicios de asistencia técnica en la formación u operación de cooperativas que por su falta de capacidad así lo necesiten.
  • Elaborar los planes de reorganización administrativa que sean necesarios para la implantación de los cambios dispuestos en la Ley Núm. 247 y que correspondan tanto a la Comisión como a las entidades adscritas.
  • Crear comités asesores necesarios para el buen funcionamiento de la Comisión y sus entidades adscritas.
  • Establecer el proceso de integración y coordinación con las entidades adscritas: COSSEC y FIDECOOP. Establecer mecanismos de interacción en los trámites de financiamiento y regulación.
  • Establecer y operar el programa de las prácticas de los estudiantes de Cooperativismo en las agencias de gobierno.[1] 
  • Ejecutar la Ley del Fondo Permanente de Becas para estudiantes universitarios matriculados en un Programa de Bachillerato en el área del Cooperativismo, Ley Núm. 340, de 16 de septiembre de 2004.[2]
  • Establecer y operar el programa de administración de los talleres socio-empresariales cooperativos establecidos en las escuelas públicas, privadas y en las comunidades a tenor con la Ley Especial de Cooperativas Juveniles, Ley Núm. 220, de 28 agosto de 2002. 

[1] La Ley de Promoción de Internados Cooperativistas de Puerto Rico, Ley Núm. 215 de 29 de agosto de 2002, crea semestralmente plazas en las dependencias gubernamentales destinadas a estudiantes matriculados en el Curso Seminario de Estudio y Trabajo en Cooperativismo con Practica Supervisada del Instituto de Cooperativismo de la UPR. La Ley núm. 247 dispone que la Comisión, en alianza con entidades universitarias, especialmente la UPR y su Instituto de Cooperativismo, realizará las gestiones activas pertinentes para implantar estos programas.

[2] La Ley núm. 340 de 16 de septiembre de 2004 crea el fondo y encarga a la AFC (ahora la Comisión) administrar el Fondo y tendrá la cooperación de una junta asesora. El Fondo se nutrirá de aportaciones de resoluciones conjuntas y donaciones legislativas, más otros tipos de donativos. La junta incluirá representantes cooperativistas y universitarios.​​